1 00:00:00,000 --> 00:00:06,700 que la persona o personas que sin tener vuestro poder lo imprimiere o vendiere o hiciera imprimir 2 00:00:06,700 --> 00:00:12,000 o vender por el mismo caso pierda la impresión que hiciere con los 3 00:00:12,000 --> 00:00:13,840 moldes y aparejos de ella 4 00:00:13,840 --> 00:00:21,180 y más incurre en pena de 50 mil maravedis cada vez que lo contrario hiciera, la cual 5 00:00:21,180 --> 00:00:27,320 dicha pena sea la tercia parte para la persona que lo acusare y la otra tercia parte para 6 00:00:27,320 --> 00:00:33,500 nuestra Cámara y la otra tercia parte para el juez que lo sentenciare, con tanto 7 00:00:33,500 --> 00:00:34,100 que todas 8 00:00:34,100 --> 00:00:39,640 las veces que hubiere desde hacer imprimir el dicho libro, durante el tiempo de los dichos 9 00:00:39,640 --> 00:00:45,780 diez años, le traigáis al nuestro consejo, juntamente con el original que en él fue 10 00:00:45,780 --> 00:00:50,660 visto, que va rubricado cada plana y firmado al fin de él 11 00:00:50,660 --> 00:00:53,100 de Juan Gallo de Andrada, nuestro 12 00:00:53,100 --> 00:00:59,740 escribano de cámara de los que él reside para saber si la dicha impresión está conforme 13 00:00:59,740 --> 00:01:00,280 el original. 14 00:01:01,200 --> 00:01:06,620 O traigáis fe en pública forma de como por corrector nombrado